Asociación Valeriana

Si yo entrases en tu alma y tu en la mía, seguro que las dos todo lo comprenderían.

ESTATUTOS

Capítulo 1

CAPÍTULO 1

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1º.- Denominación y naturaleza.

    1. Con la denominación de ASOCIACIÓN DE MUJERES PARA LA PROMOCIÓN DE LA SALUD MENTAL EN LA AXARQUÍA “VALERIANA”, se constituyó en la localidad de Vélez-Málaga, en la provincia de Málaga, en una entidad de naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro, al amparo de lo dispuesto en el artIculo 22 de la Constitución Española, de la Ley 191/1964, de 24 de diciembre, reguladora de las Asociaciones y de las demás disposiciones vigente dictadas en desarrollo y aplicación de aquélla, asi como de las disposiciones normativas concordantes.

    2. El régimen de la Asociación será el establecido en los presentes Estatutos adaptados a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera de la misma, por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria celebrada el día indicado en la Diligencia que, como documento anexo, se acompaña a estos Estatutos.

Art. 2º .- Personalidad y capacidad.

    1. La Asociación constituida tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, con sujeción a lo establecido en el ordenamiento jurídico.

    2. Asimismo, podrá federarse con otras entidades con los mismos fines y objetivos, o adherirse a una federación, con la misma naturaleza, ya constituida.


Art. 3º.- Nacionalidad y domicilio.

    1. La Asociación que se crea tiene nacionalidad española.

    2. El domicilio social de la Asociación radicará en la calle Laureano Casquero s/n de la localidad de Torre del Mar, en la provincia de Málaga.

    3. El cambio de domicilio requerirá acuerdo de la  Asamblea  General Extraordinaria, convocada específicamente con tal objeto, y la modificación de los presentes Estatutos.

    El acuerdo de la Asamblea  General   deberá ser comunicado al Registro de Asociaciones en el plazo de un mes y sólo producirá efectos, tanto para las asociadas, como para los terceros, desde que se  produzca la inscripción.

Art. 4º .- Ámbito de actuación

    El ámbito territorial de realización de las actividades de la Asociación es comarcal1.

Art. 5º.- Duración

    La Asociación se constituye por tiempo indefinido2

Capítulo 2

CAPÍTULO II

OBJETO DE LA ASOCIACIÓN


Art. 6º.- Fines y actividades3.

    1. Los fines de la Asociación serán los siguientes:
a) Promover la salud mental de las mujeres mediante la ayuda mutua y la plena participación social.
b) Llevar a cabo, en todos los ámbitos, las actuaciones necesarias para la promoción de la salud mental de la mujer y la prevención de la enfermedad.
c) Servir como recurso y soporte de salud para las asociadas, poniendo la experiencia personal a disposición de las que lo necesiten y potenciando el desarrollo de actitudes positivas orientadas hacia la salud.
d) Potenciar el espíritu cooperativo, estableciendo redes de cooperación y ayuda mutua entre las asociadas, junto con la necesaria unidad de actuación y esfuerzo común.
e) Obtener apoyo y orientación de los/as profesionales adecuados/as.
f) Promover en la Comunidad un mejor conocimiento sobre temas de comportamientos preventivos de la enfermedad.
g) Potenciar la integración plena en la Comunidad de las Mujeres afectadas por problemas de salud mental.
h) Promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
i) Promover la participacion y presencia de las mujeres en la vida política, económica, cultural y social.
j)Promover socioculturalmente y sanitariamente a las mujeres.

    2. Para la consecución de los fines citados desarrollará las siguientes actividades:
a) Talleres.
b) Conferencias.
e) Charlas.
d) Encuentros.
e) Cursos.
f) Actividades para la promoción de la salud mental de la mujer.

Capítulo 3. Sección 1ª

CAPÍTULO III

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y FORMA DE ADMINISTRACIÓN

SECCIÓN 1ª

LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIAS


Art. 7º .- La Asamblea General de Socias.


    1. El órgano supremo de la Asociación es la Asamblea General de Socias o Asamblea General, integrada por la totalidad de las socias que se hallen en pleno uso de sus derechos sociales.

    2. Adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna y deberá reunirse, al menos, una vez al año

    3. Las Asambleas podrán reunirse con carácter ordinario y extraordinario, en la forma y con las competencias que se indican en los presentes Estatutos.


Art. 8º.- Legitimación para la convocatoria de las Asambleas


    1. Las Asambleas serán convocadas por la Presidenta de la Asociación, a iniciativa propia, por acuerdo de la Junta Directiva o cuando lo soliciten por escrito, al menos, el 10% del número legal de socias4.

    2. Acordada por la Junta Directiva la convocatoria de una Asamblea General la Presidenta habra de efectuar dicha convocatoria en el plazo máximo de quince días naturales, para su celebración en el plazo de quince días, a contar desde la fecha en que se efectúe la convocatoria.

    3. La solicitud de convocatoria presentada por las socias habrá de contener expresamente el orden del día de la sesión, adjuntando los documentos o información que, en su caso, fueren necesarios para la adopción de los correspondientes acuerdos.
    La solicitud habrá de ser presentada ante la Secretaria de la Asociación, que entregará a su presentadora una copia sellada de la misma.
    La Secretaria de la Asociación, tras la comprobación de los requisitos formales (número de socias, orden del día y, en su caso, documentación), dará cuenta inmediata a la presidenta, para que, en el plazo de quince días desde su presentación, convoque la Asamblea que habrá de celebrarse en el plazo de los quince días siguientes a la fecha en que se efectúe la convocatoria.
    Si la solicitud careciere de los requisitos formales antes citados, la Secretaria tendrá por no formulada la solicitud, procediendo a su archivo con comunicación a la socia que encabece la lista de firmas.
    En el supuesto de que la Presidenta no convocara en el plazo quince días desde la presentación de la solicitud, o de que, efectuada la convocatoria en dicho plazo, la fecha de celebración prevista exceda del plazo establecido en los presentes estatutos, las promotoras estarán legitimadas para proceder a la convocatoria de la Asamblea General, expresando dichos extremos en la misma, que irá firmada por la persona que encabece la lista de firmas de las solicitantes.

 

Art. 9º.- Forma de la convocatoria.

    1. La convocatoria de la Asamblea efectuada por las personas legitimadas para ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, habrá de ser comunicada con una antelación de quince días a su celebración y, en el caso de existir Tablón de Anuncios, será expuesta también en éste con la indicada antelación.

    2. La convocatoria deberá contener el orden del día, así como el lugar, fecha y hora de su celebración.

    3. La documentación necesaria e información que hubiera de ser tenida en cuenta para la adopción de los acuerdos habrá de estar a disposición de las socias en la Secretaría de la Asociación, con una antelación mínima de quince días a la celebración de la Asamblea, para que pueda ser examinada por las mismas.


Art. 10º .- La Asamblea General Ordinaria

    La Asamblea General Ordinaria habrá de convocarse. con carácter ordinario, al menos una vez al año, al objeto de tratar los siguientes puntos del orden del día:

    1. Lectura y aprobación, si procediera, del acta de la sesión anterior (séa Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria).

    2. Examen y aprobación, si procediera, de las Cuentas del ejercicio

    3. Examen y aprobación, si procediera, de los Presupuestos del ejercicio.

    4. Examen de la memoria de actividades y aprobación, si procediera, de la gestión de la Junta Directiva.

    5. Aprobación, si procediera, del Programa de Actividades.


Art. 11º.- La Asamblea General Extraordinaria

    Con independencia de los puntos del orden del día expresados en el artículo anterior, se requerirá la convocatoria de Asamblea General Extraordinaria para la adopción de acuerdos sobre los siguientes temas:

    1. Modificación parcial o total de los Estatutos.

    2. Disolución de la Asociación.

    3. Nombramiento de la Junta Directiva.

    4. Disposición y enajenación de bienes.

    5. Constitución de una Federación, Confederación o Unión de Asociaciones o su integración en una ya existente.

    6. Aprobacion del cambio de domicilio.


Art. 12º.- Quórum para la constitución de la Asamblea.

    1. Las Asambleas, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas, previa convocatoria efectuada con una antelación de quince días, cuando concurran a ellas, presentes o representadas, un tercio de las asociadas con derecho a voto, y en segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de asociadas con derecho a voto.

    2. Para el cómputo de las socias o del número total de votos, las representaciones habrán de presentarse a la Secretaria con anterioridad al inicio de la sesión.

    3. Las Asambleas de la Asociación serán presididas por la Presidenta de la misma o persona que la sustituya, y la Secretaria de la entidad lo será igualmente de la Asamblea. En el supuesto de inasistencia a las Asambleas de todos los cargos de la Junta Directiva, la Presidenta y Secretaria serán designadas al principio de la reunión.

 

Art. 13º.- Deliberación y adopción de acuerdos por la Asamblea

    1. Todos los asuntos se debatirán y votarán en la secuencia en que figuren en el orden del día. La presidenta iniciará el debate abriendo un primer turno de intervenciones, en el que se hará uso de la palabra, previa autorización. Igualmente, la Presidenta moderará los debates, pudiendo abrir un segundo turno de intervenciones o conceder la palabra por alusiones.

    2. Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas, cuando los votos afirmativos superen a los negativos.
    No obstante, requerirán mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad de los mismos, los acuerdos relativos a disolución de la asociación, modificación de los Estatutos, disposición o enajenación de bienes y remuneración de las componentes de la Junta Directiva.

    3. Los acuerdos de la Asamblea General que afecten a la denominación de la Asociación, domicilio, fines y actividades estatutarias, ámbito de actuación, designación de las componentes de la Junta Directiva, apertura y cierre de delegaciones, constitución de federaciones, confederaciones y uniones disolución, disolución, o los de modificaciones estatutarias, se comunicarán al Registro de Asociaciones para su inscripción, en el plazo de un mes desde que se produzca el acuerdo.

Art. 14º.- Delegaciones de voto.

    La delegación del voto en otra socia sólo será válida para la sesión o convocatoria para la que se expida, siendo nula cualquier delegación.

    Habrá de hacerse constar por escrito, con indicación de los datos personales de la socia delegante y de la delegada, firmado y rubricado por ambas.

Capítulo 3. Sección 2ª

SECCIÓN 2

LA JUNTA DIRECTIVA


Art. 15º.- Composición y duración de la Junta Directiva.


    La Junta Directiva es el órgano colegiado de gobierno, representación y administración de la Asociación, sin perjuicio de las potestades de la Asamblea General como órgano supremo de la misma.

    Estará compuesta por un mínimo de 4 y un máximo de 12 miembros5.

    Su duración será de 2 años, pudiendo ser reelegidas sus miembros.

Art. 16º.- Los cargos de la Junta Directiva.

    Los cargos de la Junta Directiva, que serán elegidos por la Asamblea, serán los siguientes: Presidenta, Vicepresidenta, Secretaria, Tesorera y vocales.
    El ejercicio del cargo será personal, por lo que no podrá delegarse el voto para las sesiones de la Junta Directiva

Art. 17º.- Elección de las componentes de la Junta Directiva.

    Para formar parte de la Junta Directiva serán requisitos imprescindibles ser mayor de edad, estar en pleno uso de los derechos civiles y no estar incursa en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11º, las componentes de la Junta Directiva serán elegidas, entre las socias, en Asamblea General Extraordinaria.

    Convocada Asamblea General para la designación de la Junta Directiva, las socias que pretendan ejercer su derecho a ser elegibles, habrán de presentar su candidatura, como mínimo, veinticuatro horas antes a la celebración de la Asamblea.

Art. 18º.- Cese de los cargos de la Junta Directiva.

    1. Las componentes de la Junta Directiva cesarán en sus respectivos cargos por las siguientes causas:
a) Por muerte o declaración de fallecimiento.
b) Por incapacidad, inhabilitación o incompatibilidad, de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurídico.
c) Por resolución judicial.
d) Por transcurso del periodo de su mandato.
g) Por renuncia.
h) Por acuerdo adoptado en cualquier momento por la Asamblea General, en la forma establecida en los presentes estatutos.
g) Por la pérdida de la condición de socia.

    2. En el supuesto previsto en la letra d) del apartado anterior, hasta tanto no se proceda a la celebración de la Asamblea General subsiguiente para la elección de la nueva Junta Directiva, aquélla continuará en funciones, debiéndose expresar dicho carácter en cuantos documentos hubieren de firmar en función a los respectivos cargos.

    3. Producida una vacante en un cargo, provisionalmente, la Junta Directiva podrá designar a otra componente de la misma para su sustitución, hasta que se produzca la elección de la vocal correspondiente por la Asamblea General en la primera sesión que se convoque.

    4. Los ceses y nombramientos habrán de ser comunicados al Registro de Asociaciones, para su debida constancia y publicidad.

 

Art. 19º.- La Presidenta

    Corresponde a la Presidenta:

a) Ostentar la representación de la Asociación ante cualquier persona, autoridad y entidad pública o privada.
b) Convocar las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, presidirlas, dirigir sus debates y suspender y levantar las sesiones.
e) Ejecutar los acuerdos de la Junta Directiva y de la Asamblea General, pudiendo para ello realizar toda clase de actos y contratos y firmar aquellos documentos necesarios a tal fin, sin perjuicio de que los distintos órganos, al adoptar los acuerdos correspondientes en el ejercicio de sus funciones, faculten expresamente para su ejecución a cualquier otra miembro de la Junta Directiva.
d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Junta Directiva y Asamblea General.
e) Ordenar los gastos y pagos de la Asociación
f) Dirimir con su voto los empates que se produzcan en la adopción de acuerdos de los órganos de la Asociación.
g)Visar las actas y certificaciones de los acuerdos de  la Junta Directiva y de la Asamblea General
h) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidenta de la Asociación.

Art. 20º .- La Vicepresidenta

    Corresponderá a la Vicepresidenta sustituir a la Presidenta en el ejercicio de sus funciones, en los casos en que esté vacante el cargo por ausencia o enfermedad, pudiendo actuar también en representación de la Asociación en aquellos supuestos en que así se acuerde por la Junta Directiva o Asamblea General, en el ejercicio de sus competencias.

Art. 21º.- La Secretaria.


    Corresponde a la Secretaria de la Junta Directiva las siguientes funciones:

a) Actuar como Secretaria en las sesiones de la Junta Directiva y de Asamblea y redactar y autorizar las actas de aquéllas.
b) Efectuar la convocatoria de las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea, por orden de la Presidenta, así como las citaciones de las miembros de aquélla y socias de ésta.
c) Dar cuenta inmediata a la Presidenta de la solicitud de convocatoria efectuada por las socias, en la forma prevista en el artículo 8º de los presentes Estatutos.
d) Recibir los actos de comunicación de las componentes de la Junta Directiva con este órgano, así como los de las socias y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento
e) Preparar el despacho de los asuntos con la documentación correspondiente que hubiere de ser utilizada o tenida en cuenta y efectuar los informes que fueran necesarios.
f) Expedir certificaciones de los acuerdos adoptados y cualesquiera otras, con el visto bueno de la Presidenta.
g) Tener bajo su responsabilidad y custodia el archivo, documentos y libros de la Asociación, a excepción del libros de contabilidad.
h) Cualesquiera otras funciones inherentes a su condición de Secretaria.
2. En los casos de ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, la Secretaria será sustituida por la vocal de menor edad.

Art. 22º.- La Tesorera.

    Corresponde a la Tesorera:

a) Recaudar los fondos de la Asociación, custodiarlos e invertirlos en la forma determinada por la Junta Directiva.
b) Efectuar los pagos, con el visto bueno de la Presidenta.
e) Intervenir con su firma todos los documentos de cobros y pagos, con el conforme de la Presidenta.
d) La llevanza de los libros de contabilidad y el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en plazo y forma, de la Asociación.
e) La elaboración del anteproyecto de Presupuestos para su aprobación por la Junta Directiva y posterior su sometimiento a la Asamblea General. En la misma forma se procederá con arreglo al Estado General de Cuentas para su aprobación anual por la Asamblea.
f) Cualesquiera otras inherentes a su condición de tesorera, como responsable de la gestión económica financiera.

 

Art. 23º.- Las Vocales.

    Corresponde a las vocales:

a) Recibir la convocatoria de la sesión de Junta Directiva con la antelación  fijada en los presentes Estatutos, conteniendo aquélla el orden del día.
b) Participar en el debate de las sesiones.
c) Ejercer su derecho al voto y formular su voto particular, así como expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican.
d) Formular ruegos y preguntas.
e) Obtener la información precisa para el cumplimiento de las funciones asignadas.

 

Art. 24º.- Apoderamientos.

    La Junta Directiva podrá nombrar apoderadas generales o especiales.
    Los apoderamientos generales y su revocación deberán ser presentados ante el Registro de Asociaciones, para su inscripción, si procediere.

Art. 25º .- Convocatorias y sesiones de la Junta Directiva.

    1. La Junta Directiva se reunirá, al menos, una vez al trimestre y cuantas veces sea preciso para la buena marcha de la Asociación, mediante convocatoria realizada por la Presidenta, a iniciativa propia o de cualesquiera de sus miembros.

    2. La convocatoria, conteniendo el orden del día, el lugar, la fecha y la hora de su celebración, se efectuará con una antelación mínima de 48 horas.

    3. Para la válida constitución de la Junta Directiva, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos, deberán estar presentes la mitad de sus miembros requiriéndose, necesariamente, la presencia de la Presidenta y de la Secretaria o de quienes las sustituyan.

    Igualmente quedará válidamente constituida la Junta Directiva sin convocatoria previa, cuando estando presentes todas y cada una de sus componentes así se acordare por unanimidad, estándose a lo mencionado en el apartado 5 del presente artículo en lo que se refiere a la adopción de los acuerdos. Las Juntas así constituidas recibirán la denominación de Junta Directiva Universal

    4. Las deliberaciones seguirán el mismo régimen señalado en el artículo 13 para la Asamblea General.
    Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los votos emitidos, dirimiendo el voto de la Presidenta en caso de empate.

    5. No podrá adoptarse acuerdo alguno que no figure en el orden del día, salvo que, estando presentes la totalidad de las componentes de la Junta Directiva, lo acuerden por unanimidad.

    6. La Presidenta de la Junta Directiva podrá invitar a las sesiones de la misma, con voz pero sin voto, a las personas que estime conveniente en razón de su experiencia y conocimiento de las cuestiones a tratar.

 

Art. 26º.- Competencias de la Junta Directiva.

    La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Confeccionar el Plan de Actividades.
b) Otorgar apoderamientos generales o especiales.
c) Organizar y desarrollar las actividades acordadas por la Asamblea General.
d) Aprobar el Proyecto de Presupuesto para su aprobación definitiva por la Asamblea General.
e) Aprobar el estado de Cuentas elaborado por la Tesorera, para su aprobación definitiva, si procediere, por la Asamblea General.
f) Elaborar la Memoria anual de actividades para su informe a la Asamblea General.
g) Crear las Comisiones de Trabajo que estime conveniente, para el desarrollo de las funciones encomendadas y las actividades acordadas, así como para cualesquiera otras cuestiones derivadas del cumplimiento de los fines sociales.
Dichas comisiones regularán su funcionamiento interno en la forma en que acuerden en su primera sesión constitutiva
h) Resolver las solicitudes relativas a la admisión de socias.
i) Todos los actos propios de las finalidades de la asociación, siempre que no estén atribuidos a la Asamblea General por los presentes estatutos.

Art. 27º.- Obligaciones y responsabilidades de tas componentes de la Junta Directiva.

    1. Son obligaciones de las componentes de la Junta Directiva, cumplir y hacer cumplir los fines de la Asociación, concucir a las reuniones a tas que sean convocadas, desempeñar el cargo con la debida diligencia de una representante leal y cumplir en sus actuaciones con lo determinado en las disposiciones legales vigentes y en los presentes estatutos.

    2. Las componentes de la Junta Directiva responderán frente a la Asociación de los daños y perjuicios que causen por los actos contrarios a la Ley o a los presentes estatutos o por los realizados negligentemente. Quedarán exentas de responsabilidad quienes se opusieren expresamente al acuerdo determinante de tales actos o no hubiere participado en su adopción.

Art. 28º.- Carácter gratuito del cargo6:

    Las componentes de la Junta Directiva ejercerán su cargo gratuitamente, sin que puedan recibir retribución por el desempeño de su función. No obstante, tendrán derecho a ser reembolsadas en los gastos ocasionados en ejercicio de los cargos, siempre que éstos se encuentren debida y formalmente justificados.

Capítulo 3. Sección 3ª

SECCION 3ª

DISPOSICIONES COMUNES A LOS ÓRGANOS


Art. 29º.- Las actas.

    1. De cada sesión que celebren la Asamblea General y la Junta Directiva se levantará acta por la Secretaria. En dichas actas, que serán firmadas por la Secretaria y visadas por la Presidenta, se especificará necesariamente el quórum necesario para su válida constitución (en el caso de la Junta Directiva se especificará necesariamente las asistentes), el lugar, fecha y hora de la reunión, el orden del día de la misma, los puntos principales de las deliberaciones y el contenido de los acuerdos adoptados.

    2. En el acta figurará, a solicitud de las respectivas socias o miembros, los votos contrarios a los acuerdos adoptados, las abstenciones y los motivos que las justifiquen, o el sentido de los votos favorables. Asimismo, cualquier socia o miembro tiene derecho a solicitar la transcripción íntegra de su intervención o propuesta, siempre que aporte en el acto o en el plazo de cuarenta y ocho horas el texto que se corresponda fielmente con su intervención, haciéndose así constar en el acta o uniéndose copia a la misma.

    3. Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión, pudiendo no obstante emitir la Secretaria certificación sobre los acuerdos específicos que se hayan adoptado, sin peijuicio de su ulterior aprobación.
    En las certificaciones de acuerdos adoptados emitidas con anterioridad a la aprobación del acta se hará constar expresamente tal circunstancia.

Art. 30º .- Impugnaciones de acuerdos.

    Los acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Directiva podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional civil en la forma legalmente establecida.
    Las asociadas podrán impugnar los acuerdos y actuaciones de la asociación que estimen contrarios a los Estatutos dentro del plazo de cuarenta días, a partir de la fecha de adopción de los mismos, instando su rectificación o anulación y la suspensión preventiva en su caso, o acumulando ambas pretensiones por los trámites establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Capítulo 4

CAPÍTULO IV

PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN Y PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE SOCIA


Art. 31º.- Adquisición de la condición de socia7:

    1. Para adquirir la condición de socia se requiere ser persona fisica, del sexo femenino, mayores de edad o menores emancipadas con plena capacidad de obrar y no estar sujeta a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho.

    Las menores no emancipadas de más de catorce años necesitan el consentimiento, documentalmente acreditado, de las personas que deban suplir su capacidad.

    2. La solicitud para adquirir la condición de socia debe ser aceptada por la Junta Directiva.

Art. 32º.- Pérdida de la condición de socia.

    1. La condición de socia se perderá por alguna de las siguientes causas:
a) Por la libre voluntad de la asociada.
b) Por impago de doce cuotas, consecutivas o no.
c) Por incumplimiento grave de los presentes Estatutos o de los acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales.
d) Por comisión de acciones que perjudiquen gravemente los intereses de esta asociación, mediante acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria. Para ello, previamente a ésta, se abrirá un expediente que instruirá la Secretaria de la Junta Directiva con los cargos existentes contra la socia, a quien se dará  traslado, por término de ocho días hábiles, para que, por escrito, alegue todo cuanto a su derecho conviniere; pasado este plazo la secretaria remitirá el expediente a la Junta Directiva, que convocará Asamblea General Extraordinaria, y ésta resolverá de forma definitiva, sin posterior recurso, debiéndose dar cumplimiento a su decisión inmediatamente, previa comunicación a la interesada.
e) Por fallecimiento.

    2. En el supuesto de la letra a) del apartado 1 del presente artículo, será suficiente la presentación de renuncia escrita ante la Secretaria de la Asociación. Los efectos serán automáticos, desde la fecha de su presentación.

    3. Para que opere la causa b) del apartado 1 de este artículo, será necesaria la notificación a la socia morosa del certificado de descubierto expedido por la Tesorera, con la firma de conformidad de la Presidenta, al objeto de que en el plazo de un mes regularice el pago de las cuotas adeudadas, haciéndole constar que si asi no lo hiciera, perderá la condición de socia.
    La socia tendrá en suspenso el derecho de sufragio activo y pasivo desde la notificación de la certificación de descubierto, hasta tanto se proceda a su regularización o a la pérdida definitiva de la condición de socia.

    4. Para que opere la causa c) del apartado 1 de este articulo, será requisito indispensable acuerdo suficientemente motivado de la Asamblea General, adoptado por 2/3 del número de votos válidamente emitidos, previa audiencia a la socia interesada.

Capítulo 5

CAPÍTULO V

DERECHOS Y DEBERES DE LAS SOCIAS


Art. 33º.- Derechos de las socias.


    Son derechos de los socias:.
a) Participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los presentes Estatutos.
b) Ser informadas acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
c) Ser oídas con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra ellas y ser informadas de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.
d) Acceder a la documentación de la Asociación, a través de la Junta Directiva.
e) Usar los bienes e instalaciones de uso común de la Asociación, con los mismos derechos y obligaciones que el resto de las socias.
f) Proponer por escrito a los órganos de gobierno quejas y sugerencias respecto a la asociación y sus actividades.
g) Respetar y ser respetadas.

Art. 34º.- Deberes de las socias
    Son deberes de las socias:
a) Compartir las finalidades de la asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
b) Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada socia.
c) Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias
d) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por Directiva y la Asamblea General
e) Desempeñar los cargos para los que fuesen elegidas.
f) Respetar los previsto en lo Estatutos

Capítulo 6

CAPÍTULO VI

RÉGIMEN ECONÓMICO


Art. 35º.- Patrimonio fundacional8.
    El Patrimonio Fundacional de la Asociación en el momento de su constitución consta de cero euros.

Art. 36º .- Titularidad de bienes y derechos
    La Asociación deberá figurar como titular de todos los bienes y derechos que integran su patrimonio, los cuales se harán constar en su inventario  y se inscribirán, en su caso, en los Registros Públicos correspondientes.

Art. 37º .- Financiación
    1. La Asociación, para el desarrollo de sus actividades, se financiará con:
a) Los recursos que provengan del rendimiento de su patrimonio
b) Las cuotas de las socias, ordinarias o extraordinarias, en su caso.
c) Los donativos o subvenciones que pudieran ser concedidas por personas fisicas o
jurídicas, públicas o privadas.
d) Las donaciones, herencias o legados, aceptadas por la Junta Directiva.
e) Los ingresos provenientes de sus actividades.
2. Los beneficios obtenidos por la Asociación, derivados de ejercicio incluidas las prestaciones de servicios, deberán destinarse exclusivamente al cumplimiento de sus fines, sin que quepa, en ningún caso, su reparto entre las asociadas ni entre sus cónyuges o personas que convivan con aquéllas con análoga relación de afectividad, ni entre sus parientes, ni su cesión gratuita a personas fisicas o jurídicas con interés lucrativo.

Art. 38º .- Ejercicio económico, presupuesto y contabilidad.
    1. El ejercicio económico coincidirá con el año natural, por lo que comenzará el día 1 de enero y finalizará el día 31 de diciembre de cada año.
    2. Anualmente la Junta Directiva confeccionará el Presupuesto, que será aprobado en Asamblea General. Con la aprobación de referido Presupuesto quedarán aprobadas las cuotas ordinarias para el ejercicio correspondiente.
    Para la aprobación de cuotas extraordinarias habrá de convocarse una Asamblea General Extraordinaria, salvo que la Asociación careciere de liquidez y la disposición y gasto correspondiente fueren urgentes, en cuyo caso bastará la adopción del acuerdo por la Junta Directiva, previo informe de la Tesorera y ulterior ratificación en Asamblea General en el plazo de los treinta días siguientes a la adopción del acuerdo por la Junta Directiva.
    3. La Asamblea General aprobará anualmente las cuentas de la Asociación, una vez finalizado el ejercicio presupuestario al que correspondan.
    4. La Junta Directiva llevará los correspondientes libros de contabilidad9  que permitan obtener una imagen fiel del patrimonio, el resultado y la situación financiera de la Asociación.

Capítulo 7

CAPÍTULO VII

DISOLUCIÓN Y APLICACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL


Art.39º .- Disolución.
    La Asociación se disolverá por las siguientes causas:
a) Por acuerdo adoptado por mayoría cualificada en Asamblea General
Extraordinaria.
b) Por las causas que se determinan en el artículo 39 del Código Civil.
c) Por sentencia judicial firme.
 
Art.40º .- Liquidación.
    1. Acordada la disolución de la Asociación, se iniciará el período de liquidación, hasta el fin del cual la entidad conservará su personalidad jurídica.

    2. Las componentes de la Junta Directiva en el momento de la disolución se convierten en liquidadoras, salvo que las designe expresamente la Asamblea General o el juzgado que, en su caso, acuerde la disolución

    3. Corresponde a las liquidadoras:

a) Velar por la integridad del patrimonio de la Asociación.
b) Concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas que sean precisas para la liquidación.
c) Liquidar el patrimonio y pagar a las personas acreedoras.
d) Aplicar los bienes sobrantes a los fines previstos por los Estatutos.
e) Solicitar las cancelación de los asientos en el Registro.

    4. El patrimonio resultante después de pagadas las deudas y cargas sociales, se destinará a entidades no lucrativas que persigan fines de interés general análogos a los realizados por la Asociacióa
    Igualmente podrán ser destinados los bienes y derechos resultantes de la liquidación a entidades públicas.

    5. En caso de insolvencia de la Asociación, la Junta Directiva o, en su caso, las liquidadoras, han de promover inmediatamente el oportuno procedimiento concursal ante el juzgado competente.

DILIGENCIA: para hacer constar que los presentes Estatutos de 1a Asociación de Mujeres para la promoción de la salud mental en la Axarquía  que suponen una modificación total de los estatutos anteriores, han sido aprobados en Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto, celebrada el día 5 de mayo de 2004 para su adaptación a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, según se acredita en el Libro de Actas de la Entidad.

Filtro
  • TEATRO CANOVAS

    DEL DIA 2 AL 19 V CICLO DE HUMOR.

    Reservas telefonos, 902360295/076262.

  • MANIFESTACION

    ANDALUCIA contra la VIOLENCIA DE GENERO.

    NI UNA MÁS.

    5 DE JUNIO A LAS 12 H. PLAZA DE LA MERCED (MÁLAGA)

    Convoca: VIOLENCIA CERO.

    http://www.plataformaviolenciacero.es

     

  • EN NERJA

    DIA: Sábado 29 de mayo.
    HORA: 11 de la mañana y 18 de la tarde.
    LUGAR: Centro Giner de los rios, bajo c/ diputación n2.

    ¿Qué es la biodanza?

    La biodanza es un sistema de crecimiento personal, con bases en la Biología, entendiendo que lo orgánico y lo psíquico no son más que dos aspectos de una misma realidad. Partiendo de esa percepción global de la persona, la Biodanza tiene como objetivo principal la integración del ser humano con relación a sí mismo, a sus semejantes y a su entorno "Un sistema de integración afectiva, renovación orgánica y reaprendizaje de las funciones originales de la vida..." Rolando Toro.
    La práctica regular de Biodanza, disuelve las tensiones motoras crónicas, favorece un estado de buen humor, refuerza el sistema inmunológico, refuerza la autoestima y la valoración del propio cuerpo, estimula un buen contacto interpersonal, y nos ayuda a encontrar nuevas motivaciones para vivir.
  • PROGRAMA ASOCIA DEL IAM

     

     
     

     

     


    Taller de comunicación y género: Se pretende detectar, desde el enfoque de género, cuales son las barreras internas y estructurales que impiden o dificultan la capacidad de comunicación en público de las mujeres, y revisar las formas tradicionales de comunicación asignadas por género para así poder comenzar un proceso de deconstrucción /construcción de las mismas, teniendo como herramientas clave la autoestima, la autoidentidad y el empoderamiento. Monitora: Miriam Bastidas Aliaga. Directora de Bakun.

     

     

    Taller de estrategias para la comunicación oral: Se pretende ofrecer herramientas para mejorar la comunicación asertiva, empática y con enfoque de género en las participantes: comunicar eficazmente en cualquier situación (reuniones de junta, presentación de proyectos, ponencias, discursos, ruedas de prensa, etc); transmitir credibilidad ante todo tipo de público; realizar presentaciones con mensajes claros y un diseño atractivo; utilizar el lenguaje verbal como herramienta de persuasión y captación de audiencias, así como trabajar los factores a tener en cuenta en la preparación de una intervención pública. Monitora: Ana Cristina Doñoro Rodríguez. Experta en medios de comunicación y relaciones institucionales.

     

     

     

    Taller de estrategias de comunicación no verbal: Para conocer las técnicas de comunicación escrita que les permitirán a las participantes mejorar la redacción de sus escritos: informes, cartas, propuestas, comunicaciones, discursos, correos electrónicos, etc y la comunicación no verbal como herramienta de captación: posición del cuerpo, gesticulación, expresión facial, contacto visual con el público, además de conocer las técnicas de comunicación a través de internet para ampliar sus redes de contactos y dar a conocer sus actividades: La web 2.0 o la web social. Monitora: Carmen Ruiz Repullo. Experta en género e igualdad de oportunidades.

     

     

     

    Taller de prensa e identidad corporativa: El objetivo es aprender a desarrollar acciones de prensa y difusión que permitan a las participantes poner en valor los trabajos desarrollados por su entidad: redactar una nota periodística para un medio, publicar una revista , elaborar un tríptico.Para ello es necesario aprender a generar noticias que provoquen interés en los medios de comunicación, desarrollar estrategias de prensa, planificación de medios, desarrollo de materiales para la prensa. Monitora: Rocío Corrales Inglés. Periodista experta en género y comunicación.

     

  • CLASES DE INTERNET

    SI ALGUNA SOCIA ESTÁ INTERESADA EN DAR CLASES, PARA APRENDER A COMUNICARSE CON LAS COMPAÑERAS, Y VER EL MUNDO DÉSDE ÉSTA GRAN VENTANA QUE ES INTERNET AMPLIANDO CONOCIMIENTOS, CONSULTANDO TODO LO QUE CREAIS INTERESANTE, Y SENTIR ÉSTA COMPAÑÍA VIRTUAL, OS ROGAMOS OS PONGAIS EN CONTACTO, CON LA VOCAL O LA PRESIDENTA: EL TURNO DE LA MAÑANA DE LOS MARTES, DE MOMENTO ESTÁ COMPLETO, CON LA JUNTA DIRECTIVA.

    NO OSBTANTE SE PIENSA ABRIR OTRO GRUPO, POR ELLO SE HARA UNA LISTA PARA COMPLETAR ÉSTE TURNO. DE TODAS FORMAS OS DEBEIS APUNTAR EN LAS LISTAS QUE ESTAMOS CONFECCIONANDO, PARA IR SUSTITUYENDO A LAS QUE HAYAN YA APRENDIDO LO BÁSICO. UN ABRAZO, ESPERAMOS VUESTRAS NOTICIAS.

  • FIBROMIALGIA

    Viernes 28 de Mayo

    Centro Cultural Villa de Nerja

    17:30  h.  Inauguración.

               D. José Alberto Armijo Navas. Alcalde- Presidente

               D. Andrés Márquez Castro. Concejal de Igualdad 


    17:40 h.  Ponencia: Mujer y Fibromialgia, la doble desigualdad:     últimos avances en el conocimiento de la Fibromialgia.

                 A cargo del Doctor Antonio Ponce Vargas. Médico Adjunto del Servicio de Reumatología  del Hospital Universitarios “Carlos Haya” de Málaga”

     19:00  Tengo Fibromialgia, y ahora ¿qué?

               Representante de la Asociación de Mujeres con Fibromialgia de … (pendiente de confirmar)

     ORGANIZA: Centro Municipal de Información a la Mujer

    C/ Carmen, 1-  Ayuntamiento- 3ª planta

    Teléfono: 952 54 84 52

  • CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER

    Estimadas amigas:

     En el Encuentro del 4 de marzo pasado, iniciamos el proceso de creación del Consejo Provincial de la Mujer, durante esa jornada abordamos  el diseño del mismo, eligiéndose una Comisión formada por representantes comarcales de las Asociaciones de mujeres,  para elaborar la propuesta del "Reglamento Interno del Consejo Provincial de la Mujer de la Diputación de Málaga “.

     

    Esta  Comisión en varias sesiones de trabajo ha debatido y consensuado el borrador de Reglamento que os enviamos. Esta propuesta debe ser estudiada por las Asociaciones, al objeto de hacer las aportaciones que consideréis oportunas y  ponerlas en común en las reuniones comarcales, que se irán celebrando por la Provincia, durante los meses de Mayo y Junio.

     

    La Reunión de la Comarca de la Axarquía, tendrá lugar el día 25 de Mayo, enVélez- Málaga, en el Centro Estudio para el Exilio, C/ Calzada Herrero (por detrás del Palacio Márquez Beniel). En horario de 17, 30 a 20,30.

     

  • RINCON DE LA VICTORIA

    XII ENCUENTRO DE FAAM

    FEDERACIÓN AXÁRQUICA DE ASOCIACIONES DE MUJERES

    LUGAR DE CELEBRACIÓN

    SALÓN DE ACTOS DEL  EXCMO. AYUNTAMIENTO

    DEL RINCÓN  DE LA VICTORIA (MÁLAGA)

    FECHA

    CINCO DE JUNIO DEL 2010

  • I JORNADA DE MEDIACION

     I Jornada en Mediación: "Aproximación al Concepto" que organiza la Concejalía de Acción Social y Familia del Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga el próximo 19 de mayo desde las 9:00 h a las 19:00 h, y que tendrá lugar en el Centro del Exilio.
     
    Las inscripciones se podrán formalizar por teléfono o fax: 952506057; o por correo electrónico: jornada@ayto-velezmalaga.es o bien personalmente en la Oficina Municipal del Voluntariado sita en C/ Pescadería Vieja, 11 Bajo de Vélez-Málaga. 
     
    Agradecemos que den la máxima difusión al evento y que participen de la jornada.
  • MARCHA CICLISTA

    Colabora:

    Club de Ciclistas de Vélez-Málaga

    Domingo 9 de mayo del 2010

     La marcha comenzará a las 11 h en el Paseo de Andalucía. Todos los participantes deberán llevar bicicleta y equipamiento, y antes de partir deben registrarse para participar al final en un sorteo de 3 bicicletas. 

  • FIESTAS POPULARES

    MES DE MAYO.

    DÍA 2 FIESTA del níspero en SAYALONGA. Fiesta de interés Nacional.

    DÍA 3 FIESTA DE LA CRUZ en FRIGILIANA y en VELEZ MALAGA.

    Primer fin de semana en FRIGILIANA Función del Santo Cristo de la banda verde.

    Días del 13 al 16 en PERIANA Fiesta en honor de San Isidro, celebrándose FESTIVAL FLAMENCO.

    DÍAS 14 y 15 romería  en NERJA.

    DIAS 15 y 16 en BENAMOCARRA fiesta de S.ISIDRO.

    DÍA 16 ROMERIA DE VELEZ MALAGA y CABRILLAS.

    Día 23 ROMERÍA en TORRE DEL MAR.

    DÍAS DEL 27 al 29 en RIOGORDO feria del GANADO, DOMA Y ENGANCHE.

  • JOAQUIN LOBATO

    INVITACION.

    Te invitamos a la presentación de la ASOCIACIÓN: AMIGOS del poeta JOAQUIN LOBATO, que tendrá lugar el próximo 7 de  MAYO de 2010  a las 20 h. en el Centro del Exilio de  VELEZ MALAGA. ( anexo del Palacio de Beniel). Nos complacerá contar con tu presencia.

    Asimísmo se inaugurá la EXPOSICION " La visión de un artista " a las 20.30 del Miércoles. del mísmo autor. Y podrá ser visitada desde el 5 de Mayo, hasta el 20 del mísmo mes. INFORMACIÓN T. 671593165.

  • JORNADA

    Como casi todas sabemos ( y si hay alguna compañera que lo ignore,podeis decírselo), el dia 5 de JUNIO en los salones del HOTEL TORREMAR, tendremos la XIII JORNADA de los grupos de ayuda mutua de nuestra asociación .Además tambien tendra lugar, la asamblea ORDINARIA de todos los años, cómo asimismo la EXTRAORDINARIA para elegir nuevos cargos o reelegir a quien os parezca oportuno, para la proxima JUNTA DIRECTIVA.

    Sabeis que las listas para que os presenteis a los cargos, llevan expuestas désde su momento oportuno.Os animamos para que os presenteis, inscribiendoos en dichas listas,no importa que ya para algunos haya ya compañeras apuntadas, puesto que os recordamos que si hubiese dos o más personas para el mísmo, se procedería a votacion para que salga la que creais conveniente.

    Mientras más compañeras quieran ayudar mejor será para repartir el trabajo que tanto esfuerzo requiere y así todo sería más fácil y estaría todo más a punto.No nos olvidemos que todas tenemos obligación de colaborar para la buena marcha de nuestra asociación, que a muchas está y ha ayudado a su mejoría. De ésto no cabe duda y tenemos que sentirnos orgullosas, que sea ya el octavo grupo que comienza su andadura entre nosotras.

    NO olvideis que auxiliares y voluntarias, no sólo ayudamos a las que estamos, sino a las que estén fuera y nos necesiten .La causa merece la pena. Os esperamos el próximo dia 5, y si veis las listas días antes podeis ya traer de casa vuestras conclusiones,así cómo vuestra delegación de voto, por si no podeis asistir. GRACIAS Y UN ABRAZO.

                                                                      V.P.   

     

     

  • TERAPIAS

    Hoy nuestra asociacion ha comenzado una nueva terapia ya anunciada en el pueblo de TORROX. Habíamos sido demandadas por su AYUNTAMIENTO, hace varios meses, y hoy por fin ha visto la luz éste nuevo grupo, que deseamos sea fructífero, cómo los otro 7 que ya llevan tiempo en funcionamiento.

    El problema mayor con el contabamos, es como casi siempre, en los sitios en que no haya varios medios de transportes, son los desplazamientos. Pero en ésta ocasión ha sido subsanado por la ayuda e interés de ésta corporación por lo que quedamos agradecidas.

    Ya que cómo sabemos la finalidad de VALERIANA, es ayudar al mayor numero de personas que nos necesiten y podamos en parte solucionar sus problemas en la medida de lo posible.Por lo que nos sentimos orgullosas de contar con este nuevo grupo y aportar, con nuestro voluntariado nuestro granito de arena.

                                                     Un saludo a nuestras nuevas compañeras y a todas.

                                                               V.P.

     

     

  • CURSOS

    El día 11 de junio comenzará en nuestra SEDE, un nuevo curso llamado" TRANSMISORA DE ACTITUDES DISCRIMINATORIAS  DE LA MUJER". Será impartido por nuestra psicóloga  SILVIA. Sera igualmente los jueves por la tarde a las 5. No lo olvideis y hacerselo saber a las compañeras, que no utilicen éste medio de información. En éste curso haremos uso de los ordenadores.

    No osbtante cómo de costumbre se anunciará en las pizarras de las respectivas SEDES.                                    V.P.

  • JORNADA JUNIO

    QUEREMOS HACEROS SABER:

    Que queda confirmada la jornada de todos los años de grupos de AYUDA MUTUA de nuestra asociación.

    Se celebrará el dia 5 de Junio, en los salones del hotel TORREMAR. El comienzo será a las 9 y media de la mañana.En esta XIII edición, esperamos la concurrencia de otros años y la satisfacción de que sea el punto de encuentro de todos los grupos de VALERIANA,así de que cómo en otras ocasiones, aprendamos mucho y pasemos un dia agradable.

                                        Un abrazo a todas.     V.P.

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  • XIII JORNADA

    Queridas compañeras.

    Os avisamos de que el día 5 de JUNIO, tendra lugar la XIII edición de las jornadas de grupos de AYUDA MUTUA.Se os avisará proximamente el lugar y la hora de tal acto, así cómo el lugar de su celebración.

    Sin olvidar que éste acontecimiento, tambíen se celebrará la ASAMBLEA,tanto ordinaría cómo extraordinaria, para elegir cargos.

    Así que las socias que se encuentren capacitadas, sean responsables para cumplir en las tareas que se comprometan y que quieran colaborar con la ASOCIACIÓN, en sus tiempos disponibles, se podran apuntar en las listas que en breve, se expondran en las distintas SEDES, a tal fin. Así que os animamos a que os apunteis, antes de día 3 de JUNIO, PUES A PARTIR DE ESA FECHA, se cerraran dichas listas, y ya no se podrá optar a cargo alguno, cómo marcan nuestros estatutos. Un abrazo y ánimo.

  • HEMOS IDO

    Efectivamente,hemos visitado Canal Sur.

    En nuestras primeras conversacíones cuándo nos llamaron para hacernos una entrevista, en nuestra Sede, ya les comunicamos nuestro interés en visitar su plató para el programa MIRA LA VIDA.

  • En los Estudios de Canal Sur

    Esta mañana hemos visitado Canal Sur Television, en Málaga. Ha sido una experiencia increíble . Primeramente comentar que son gente encantadora, muy eficientes y amables con nosotras , que íbamos como público. Comentar también que lo hemos pasado francamente bien. Nos hemos dado cuenta de todo el trabajo y emtramado que hay detrás de un programa televisivo. Han estado muy pendientes de nosotras en todo momento. Y como no, decir que las maquilladoras y peluqueras son un verdadero encanto y hacen milagros, jaja . Quiero dar las gracias a nuestras socias por colaborar con este nuevo acontecimiento que estamos disfrutando en VALERIANA.

    BESITOS A TODAS
    LOLA MARTIN ( PRESIDENTA )

  • Novedades de Contenidos

     Ya están disponibles las galerías de fotos de la excursión a Córdoba y la inauguración en Algarrobo. Asimismo en la parte privada (hay que registrarse en la página) hemos colocado el vídeo del fragmento de la intervención de Valeriana en el programa de Canal Sur Mira la Vida. (Sección Actividades/ Otras) Que lo disfrutéis.

     

  • Cursos de Introducción a la Informática e Internet

    Cursos de Introducción a la Informática e Internet 

    El lunes 2 de junio dan comienzo una serie de cursos encaminado a facilitar el acceso de las socias a la Sociedad de la Información, comenzando por el uso básico de un ordenador, prácticas en red local, conocer las bases de Internet y cómo aprovechar sus recursos con facilidad y seguridad.