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Página 7 de 14 Art. 19º.- La Presidenta
Corresponde a la Presidenta: a) Ostentar la representación de la Asociación ante cualquier persona, autoridad y entidad pública o privada. b) Convocar las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, presidirlas, dirigir sus debates y suspender y levantar las sesiones. e) Ejecutar los acuerdos de la Junta Directiva y de la Asamblea General, pudiendo para ello realizar toda clase de actos y contratos y firmar aquellos documentos necesarios a tal fin, sin perjuicio de que los distintos órganos, al adoptar los acuerdos correspondientes en el ejercicio de sus funciones, faculten expresamente para su ejecución a cualquier otra miembro de la Junta Directiva. d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Junta Directiva y Asamblea General. e) Ordenar los gastos y pagos de la Asociación f) Dirimir con su voto los empates que se produzcan en la adopción de acuerdos de los órganos de la Asociación. g)Visar las actas y certificaciones de los acuerdos de la Junta Directiva y de la Asamblea General h) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidenta de la Asociación.
Art. 20º .- La Vicepresidenta
Corresponderá a la Vicepresidenta sustituir a la Presidenta en el ejercicio de sus funciones, en los casos en que esté vacante el cargo por ausencia o enfermedad, pudiendo actuar también en representación de la Asociación en aquellos supuestos en que así se acuerde por la Junta Directiva o Asamblea General, en el ejercicio de sus competencias.
Art. 21º.- La Secretaria. Corresponde a la Secretaria de la Junta Directiva las siguientes funciones:
a) Actuar como Secretaria en las sesiones de la Junta Directiva y de Asamblea y redactar y autorizar las actas de aquéllas. b) Efectuar la convocatoria de las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea, por orden de la Presidenta, así como las citaciones de las miembros de aquélla y socias de ésta. c) Dar cuenta inmediata a la Presidenta de la solicitud de convocatoria efectuada por las socias, en la forma prevista en el artículo 8º de los presentes Estatutos. d) Recibir los actos de comunicación de las componentes de la Junta Directiva con este órgano, así como los de las socias y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento e) Preparar el despacho de los asuntos con la documentación correspondiente que hubiere de ser utilizada o tenida en cuenta y efectuar los informes que fueran necesarios. f) Expedir certificaciones de los acuerdos adoptados y cualesquiera otras, con el visto bueno de la Presidenta. g) Tener bajo su responsabilidad y custodia el archivo, documentos y libros de la Asociación, a excepción del libros de contabilidad. h) Cualesquiera otras funciones inherentes a su condición de Secretaria. 2. En los casos de ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, la Secretaria será sustituida por la vocal de menor edad.
Art. 22º.- La Tesorera.
Corresponde a la Tesorera: a) Recaudar los fondos de la Asociación, custodiarlos e invertirlos en la forma determinada por la Junta Directiva. b) Efectuar los pagos, con el visto bueno de la Presidenta. e) Intervenir con su firma todos los documentos de cobros y pagos, con el conforme de la Presidenta. d) La llevanza de los libros de contabilidad y el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en plazo y forma, de la Asociación. e) La elaboración del anteproyecto de Presupuestos para su aprobación por la Junta Directiva y posterior su sometimiento a la Asamblea General. En la misma forma se procederá con arreglo al Estado General de Cuentas para su aprobación anual por la Asamblea. f) Cualesquiera otras inherentes a su condición de tesorera, como responsable de la gestión económica financiera.
Art. 23º.- Las Vocales.
Corresponde a las vocales: a) Recibir la convocatoria de la sesión de Junta Directiva con la antelación fijada en los presentes Estatutos, conteniendo aquélla el orden del día. b) Participar en el debate de las sesiones. c) Ejercer su derecho al voto y formular su voto particular, así como expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican. d) Formular ruegos y preguntas. e) Obtener la información precisa para el cumplimiento de las funciones asignadas.
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